El “Acuerdo Comercial y de Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de Energía Atómica y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte” es, inicialmente, un buen acuerdo, más teniendo en cuenta que salva a ambos mercados de un Brexit duro y posibilita, por tanto, mantener prácticamente intactas las relaciones comerciales entre las dos economías.
Sin embargo, y según los operadores logísticos y expertos consultados, nada va a ser igual que hasta ahora. Formalmente, Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea, y aunque este acuerdo comercial va a facilitar mucho el trasiego de bienes y servicios entre ambas economías, lo cierto es que a partir de ahora serán necesarios nuevos trámites documentales y aduaneros que hasta ahora no se daban, algo que ralentizará y encarecerá ese comercio. La duda es saber cuánto, verdadero nudo gordiano del asunto, que nadie, por el momento, es capaz de deshacer.
En la actualidad, Reino Unido es un mercado fundamental para las empresas españolas. La existencia de estos nuevos trámites puede suponer un hándicap para el sector exportador español, ya que aún quedan por definir numerosas cuestiones prácticas, sobre todo las relativas a permisos y documentación. Los expertos consultados reconocen que si bien en los primeros días y semanas pueden darse situaciones complicadas, éstas pueden servir para ajustar los procesos logísticos.
Controles fronterizos y aduaneros marcarán al sector de la carretera
El sector de la carretera se encuentra analizando en estos momentos con lupa el acuerdo, toda vez que una flota de unos 8.000 camiones realiza buena parte de las exportaciones española al Reino Unido.
Inicialmente, el acuerdo elimina el colapso de carreteras entre ambas partes, aunque los controles fronterizos y aduaneros van a ralentizar el acceso de vehículos españoles al mercado británico, por lo que es de prever ciertas situaciones de retenciones.
Y es en este punto donde las empresas de transporte internacional de mercancías por carretera se muestran más expectantes. Los operadores consultados reconocen que estos nuevos trámites van a encarecer sus servicios, y algunas reconocen la renegociación de contratos para incluirlos. Sin embargo, todas coinciden en señalar que habrá que esperar a ver si ese encarecimiento podrá ser asumido por empresas y cargadores. Con todo, algunas aventuran que la capacidad de oferta de la ruta entre España y Reino Unido puede verse comprometida si esos costes son muy altos.
A partir de este punto, y según el acuerdo, el acceso a Reino Unido del transporte internacional desde el 1 de enero se realizará sin cuotas ni limitaciones de cupo para las empresas transportistas. Así, cualquier camión de la UE podrá llegar al Reino Unido y regresar de allí ilimitadamente, incluso en vacío. Los mismos derechos se otorgan a los transportistas del Reino Unido que viajen desde dicho país a cualquier punto de la UE y su regreso. Patronales como Fenadismer hacen notar en este punto que de no haberse alcanzado este acuerdo, sólo un número muy reducido de empresas transportistas titulares de licencias de la Conferencia Europea de Ministros de Transporte (ECMT) habrían podido realizar estos viajes (en el caso de España en torno a 800 autorizaciones).
Sin embargo, ahora, las empresas transportistas de la UE podrán seguir operando con su actual licencia comunitaria para seguir transportando mercancías al Reino Unido. En el caso de las empresas transportistas residentes en el Reino Unido, su licencia comunitaria será sustituida por una nueva licencia para poder operar con la Unión Europea, la cual será expedida por las autoridades británicas. Además las empresas transportistas de la UE y del Reino Unido también podrán realizar hasta dos operaciones adicionales en el territorio de la otra parte, una vez que hayan cruzado la frontera. Esto permitirá a los transportistas de la UE que llevan una carga al Reino Unido realizar dos operaciones de cabotaje en el Reino Unido, lo que limitará el riesgo de tener que viajar de regreso a la UE sin carga.
Todas las empresas transportistas, conductores y vehículos involucrados en viajes transfronterizos estarán sujetos a los estándares comunes establecidos en el acuerdo que son específicos del sector del transporte por carretera. Estos incluyen, en particular, las condiciones laborales de los conductores, su nivel de cualificación profesional, los requisitos técnicos de los vehículos y las condiciones mínimas para que las empresas transportistas obtengan una licencia.
El acuerdo permite todos los derechos de tránsito, por lo que las empresas transportistas de la UE pueden cruzar Gran Bretaña para llegar a la UE u otros terceros países desde Irlanda. Del mismo modo, los operadores del Reino Unido pueden transitar por el territorio de la UE para llegar a otras partes del Reino Unido o terceros países. “Estas disposiciones permitirán la continuación de los vínculos logísticos entre Irlanda y el resto de la UE a través del Reino Unido. Las empresas transportistas con sede en Irlanda y en Irlanda del Norte también podrán realizar dos operaciones de cabotaje en el territorio del otro”.
Cara y cruz para exportadores e importadores
La segunda parte del acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido hace referencia a aspectos tan fundamentales como el comercio, el transporte y la pesca, entre otros. A lo largo de todo el articulado se recogen toda una serie de facilidades para que el comercio entre ambos mercados no se ve afectado.