Loading...

Reglas de Transporte

Los incoterms son las reglas elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional para regular los contratos de compraventa internacional y que reflejan las normas de aceptación voluntaria. Establecen los derechos y obligaciones de comprador y vendedor en los intercambios comerciales que indican las condiciones de venta: la entrega de mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de gastos y los trámites aduaneros.

exw EN FÁBRICA
La entrega se realiza en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado cuando se pone la mercancía a disposición del comprador sin cargarse en el medio de transporte. El comprador asume todo el riesgo desde el establecimiento del vendedor hasta destino.
fca FRANCO EN EL MEDIO DE TRANSPORTE
El vendedor entrega la mercancía al transportista en el lugar acordado y es cargada en el medio de transporte. El riesgo se transfiere en el muelle de descarga del transportista elegido.
fas Franco al costado del buquE
El vendedor se responsabiliza de entregar la mercancía en el muelle al costado del buque, en el lugar indicado en la cotización. A partir de ese momento, el riesgo recae en el comprador.
fob FRANCO A BORDO
El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque. en el puerto indicado en el contrato de venta. El riesgo se transfiere una vez la mercancía ha sido cargada a bordo del buque.
cfr COSTE Y FLETE

El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque y paga los Costos y el Flete necesario para transportarla al destino indicado.

cif COSTE, SEGURO Y FLETE

El vendedor asume los costes de seguro y flete (gastos en el puerto de destino no incluidos). El riesgo se transfiere una vez la mercancía ha sido cargada a bordo del buque.

cpt TRANSPORTE PAGADO HASTA

Se utiliza para el transporte no marítimo.
El vendedor entrega la mercancía al comprador cuando la pone a disposición del transportista sobre el medio.
La transferencia de riesgos se produce después de la carga en origen, aunque el vendedor pague el transporte del flete hasta el punto convenido en destino.

cip transporte y seguro pagado hasta

Se utiliza para el transporte no marítimo.
El vendedor entrega la mercancía al transportista y asume los costes de seguro y flete hasta el lugar de destino acordado. La transferencia de riesgos se produce después de la carga en el país de origen.

daP entregado en la frontera

El vendedor entrega la mercancía poniéndola a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada, preparada para la descarga en el lugar de destino designado y asume el riesgo hasta entrega en destino final sin descarga. No incluye despacho aduanas en destino ni impuestos importación.


dpu entregado en lugar descargado
El vendedor entrega la mercancía en el lugar convenido en el país de destino (Puerto o Dirección entrega). Transfiriéndose el riesgo una vez se haya descargado la mercancía en el lugar convenido.
dPP entregado derechos pagados
El vendedor entrega la mercancía poniéndola a disposición del comprador en el punto convenido sin descargar y habiendo pagado todos los costes. El riesgo se transfiere cuando se entrega la mercancía al comprador en destino final establecido.